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¿Qué es una Facultad de Ciencias Jurídicas y Políticas?

Por Prof. Andrey Gromiko Urdaneta
Decano

Nuestra Facultad de Ciencias Jurídicas y Políticas fue la primera opción creada, que le dio vida a la Universidad de Los Andes, para ofrecer estudios a nivel de Licenciatura. Inicio sus esfuerzos desde el año 1806, en el antiguo Seminario de San Buenaventura de Mérida de los Caballeros.

Desde esa época hasta la presente, muchas han sido las fases ofrecidas por la Facultad para erigirse como uno de los más importantes centros de estudios dentro de la Universidad de Los Andes.

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Reseña Historica Decanato

Los estudios de Derecho en nuestra Ilustre Casa de Estudios  son aún más antiguos que la independencia patria.  El Rey Carlos IV por Real Cédula fechada en Madrid, el 20 de marzo de 1789, aprobó la elección académica del Real Seminario de San Buenaventura y le otorgó las facultades que le corresponden como Seminario Conciliar, autorizándole a impartir las Cátedras de Teología, Derecho Canónico, Derecho Real y otras Ciencias, afiliado a la Universidad de Caracas para lo relativo a grados, conforme se concedió a los que estudiaban en el Convento de Dominicos de Puerto Rico, con respecto a la de Santo Domingo.
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En este mismo orden de ideas, el 8 de noviembre de 1790, el secretario de Fray Juan Ramos de Lora, primer obispo de Mérida y fundador del Seminario, Pbro. Br. Mateo José Mas y Rubí, hizo la erección canónica y la instalación de las clases para las que fue autorizado el Seminario, lo que constituye el antecedente más remoto del inicio de los estudios de Derecho en la Universidad de Los Andes. Por otro lado, en el año 1789, el catedrático Dr. José Lorenzo Reynerd, nacido en la ciudad de Maracaibo, fue nombrado por el Rector del Colegio Seminario, Dr. Juan José Mendoza, Catedrático de Derecho Civil y, por consiguiente, se le considera el fundador de dichas clases y cursos que duraban cinco años y en los que se estudiaban los cuatro libros de Justiniano y el Derecho Real de España en la recopilación de Indias.

En este sentido, en 1832 fueron organizados los Estudios de Derecho en la Universidad de Los Andes, con el nombre de Facultad de Jurisprudencia, que cambió por el de Facultad de Ciencias Políticas en 1843, que conservó hasta 1941 cuando se le da el de Facultad de Derecho. Posteriormente, el 21 de Mayo de 1980, el Consejo Universitario de la Universidad de Los Andes, creó la Escuela Experimental de Ciencias Políticas y que desde esta fecha fue denominada Facultad de Ciencias Jurídicas y Políticas; y que en el año de 1985 fue creada por el Consejo Universitario de la Cátedra de Teología “Juan Pablo II”, según iniciativa de esta Facultad, que le fuera entregada a su Santidad el 28 de enero del mismo año, con motivo de su visita histórica a la ciudad de Mérida.

Es por ello que se acuerda celebrar, a partir del 08 de noviembre de 1990 el año dúo centenario del inicio de los Estudios de Derecho,  origen de la Facultad de Ciencias Jurídicas y Políticas de la Universidad de Los Andes; declarar la semana que se inicie este día la “semana aniversaria de la Facultad”; y celebrar cada año esa efemérides con la solemnidad que su relevancias histórica amerita.
Durante la celebración se procede entre otros actos, a la revisión de los Estudios de Derecho, Ciencias Políticas, Desarrollo Social y los de la joven escuela de Criminología y al reconocimiento de los profesores, estudiantes y trabajadores de la Facultad que se distingan por sus méritos y dedicación al servicio de la misma.

Contacto Decanato

Facultad de Ciencias Jurídicas y Políticas

Decano (E)

Prof. Elianne Estecche de Fernández

Secretaria Ejecutiva

Sra. Magaly Urdaneta de Rodríguez

Asistente de Recursos Informáticos

Srta. Emerita Urdaneta Urdaneta

Dirección: Facultad de Ciencias Jurídicas y Políticas

                 Núcleo Universitario "La Liria". Avenida Las Américas

                 Edif. Administrativo, 2do piso.

                Mérida - Venezuela, Apartado 5101-A


Teléfonos: (+58) (274)2402001 / 2002

Fax: (+58) (274) 2402005

Correo electrónico: Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.


Atribuciones Decanato

decano2El Decano es una persona electa por la Asamblea de cada Facultad para presidir la facultad dentro de una Universidad. El término proviene del Latín “decanus”, o "líder de diez", utilizado originalmente en los monasterios medievales. Éstos, usualmente eran muy grandes e incluían a cientos de monjes. Por esta razón, los monjes estaban organizados en grupos de diez para propósitos administrativos, cada uno a cargo de un monje de mayor rango, el Decano. Más tarde, el término pasó a utilizarse para referirse al jefe de una comunidad de sacerdotes, a un capítulo de una catedral, o a una sección de una diócesis (un "decanato"). Cuando las Universidades surgieron de las escuelas de las catedrales y monasterios, el título de Decano fue utilizado para designar a empleados con varias responsabilidades administrativas.

En este sentido, conforme a la vigente Ley de Universidades promulgada en el año 1970, los Decanos de las Facultades deben ser ciudadanos venezolanos, reunir elevadas condiciones morales, poseer el título de Doctor otorgado por una Universidad del país, tener suficientes credenciales científicas o profesionales y haber ejercido con idoneidad, por lo menos durante cinco años, funciones universitarias, docentes o de investigación.

Así pues, los Decanos serán elegidos por la Asamblea de la respectiva Facultad y durarán tres años en sus funciones. La elección será por voto directo y secreto y se considerará elegido Decano quien obtenga la mayoría absoluta de votos. Para que la elección sea válida se requiere que hayan votado, por lo menos, las dos terceras partes de todos los Miembros calificados para integrar la Asamblea de la Facultad. Los otros aspectos del régimen de la elección serán fijados por el Reglamento.

Siguiendo los lineamientos establecidos por la Ley de Universidades en su Artículo 67º Son atribuciones del Decano:

1. Coordinar y vigilar, de acuerdo con el Consejo de la Facultad, las labores de enseñanza, de investigación y las otras actividades académicas de la respectiva Facultad;

2. Presidir la Asamblea y el Consejo de la Facultad;

3. Representar la Facultad en el Consejo Universitario;

4. Convocar a la Asamblea y al Consejo de la Facultad en las ocasiones previstas en la presente ley.

5. Mantener el orden y la disciplina en la Facultad tomando las medidas pertinentes, previa consulta al Consejo de la Facultad, y de acuerdo a la presente Ley y su Reglamento. En casos de emergencia podrá adoptar las medidas que juzgue conveniente, sometiéndolas a la consideración del Consejo de la Facultad;

6. Preparar el Proyecto de Presupuesto Anual de la Facultad y presentarlo al Consejo de la misma. Una vez aprobado por este presentarlo al Rector, quien lo utilizará en la preparación del proyecto de Presupuesto de Rentas y Gastos de la Universidad que deberá someter a la consideración del Consejo Universitario;

7. Someter a la consideración del Consejo Universitario los acuerdos y medidas adoptados por el Consejo o la Asamblea de la Facultad;

8. Proponer al Rector el nombramiento o remoción de los empleados administrativo de la Facultad;

9. Proponer al Consejo Universitario el nombramiento o remoción de los Directores de las Escuelas, previo acuerdo del Consejo de la Facultad;

10. Nombrar los Profesores Consejeros de la Facultad;

11. Dar cuenta quincenalmente al Rector de los asuntos de la Facultad;

12. Someter a la consideración de la Asamblea de la Facultad un informe anual del estado y funcionamiento de la misma;

13. Completar las listas de Jurados Examinadores cuando, por impedimentos legales, se hubiere agotado la nomina designada por el Consejo de la Facultad.

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Consejo de Facultad

Dependencias

Biblioteca “Gonzalo Rincón Gutierrez” (Consulta de Libros en Línea).

Hemeroteca "Dr. Carlos Emilio Muñoz Oraá".

Departamento de Publicaciones.

Oficina de Higiene y Seguridad Laboral (Nuevo).

Oficina de Registros Estudiantiles (OREFAHE).

Oficina Sectorial de CDCHTA y CEP.

Oficina Sectorial de Planificación (OSEPLAN).

Oficina Sectorial de Servicio Comunitario.

Programa de Profesionalización Docente (PPD) (Nuevo).

Programa de Perfeccionamiento y Actualización Docente (PPAD).

Unidad Administrativa Desconcentrada.

Unidad de Apoyo Técnico.

Coordinación de Cultura y Extensión.

 

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