(Se tramita directamente por la OAP)
NORMATIVA
Artículos 254 al 256 del Estatuto del Personal Docente y de Investigación. Base de cálculos: Sueldo básico más primas de titularidad, en caso de que el fallecido sea el titular.
RECAUDOS DEL EXPEDIENTE
- Copia de RIF de los herederos.
- Oficio original del o los beneficiarios solicitando transferencia de jubilación ante el Consejo Universitario.
- Declaración de Únicos y Universales Herederos (copia certificada).
- Fotocopia de la Cédula de Identidad de los beneficiarios.
- Autorización del Tribunal de Menores, en caso de existir hijos menores de 18 años.
- En caso de hijos mayores de 18 años y menores de 25 años anexar: constancia de notas de Educación Superior (Renovación Anual). y Carta de soltería (Renovación anual).
- En el caso de la viuda (o) debe consignar la Declaración Jurada, Estado Civil Fe de Vida, expedida por la Prefectura y anexar copia de la Cédula de Identidad (Renovación Anual).
- Fotocopia del último estado de cuenta.
- En caso de las Ayudas Económicas, deberán anexar Declaración Jurada de Ingreso.